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Guía completa 25 min lectura

Subastas de la Seguridad Social: guía definitiva para invertir en 2026

Depósito del 25-30%, puja presencial, 5 días para pagar y riesgos ocultos. Todo lo que necesitas saber para participar en subastas de la TGSS. Fuente oficial: Portal TGSS

Las subastas públicas son una de las vías más rentables para adquirir patrimonio inmobiliario en España por debajo del precio de mercado. Mientras que las subastas judiciales del BOE y las de Hacienda se han digitalizado por completo, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) mantiene un sistema único: híbrido, presencial y, para muchos ciudadanos, completamente desconocido.

Este organismo combina la tecnología telemática para la publicación de anuncios con el acto público presencial y el sobre cerrado. Para el inversor novato, esto representa una formidable barrera de entrada. Para el inversor preparado, es un filtro natural que elimina la competencia masiva de las plataformas electrónicas.

Si buscas subastas judiciales del BOE, visita nuestra guía completa sobre cómo comprar en una subasta judicial en España.

Respuesta rápida

¿Necesito el 100% del dinero para participar?

Sí, a efectos prácticos. Debes aportar un 25% o 30% como depósito previo y, si ganas, tienes un plazo improrrogable de solo 5 días hábiles para abonar el resto — tiempo insuficiente para tramitar una hipoteca convencional.

Las alternativas reales son: préstamos puente (8-15% TAE, desembolso en 48-72h), capital privado o líneas de crédito preaprobadas.

Regulado por el art. 120.8 del RD 1415/2004. El plazo de 5 días es improrrogable y su incumplimiento implica la pérdida total del depósito.

Nota importante sobre esta guía

Esta guía tiene carácter informativo y divulgativo. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Ante cualquier operación concreta, consulta siempre con un abogado especializado en subastas y un asesor fiscal.

En esta guía

1. Qué son y marco normativo
2. Judiciales vs. Seguridad Social
3. Tipos de bienes embargados
4. Dónde encontrar las subastas
5. Requisitos y cómo participar
6. Reglas de adjudicación
7. El reto de los 5 días
8. Fiscalidad e impuestos
9. Riesgos ocultos
10. Costes totales y checklist
11. Caso práctico
12. Preguntas frecuentes

1. Qué son y marco normativo

Resumen

Las subastas de la TGSS se rigen por el RD 1415/2004 (modificado por RD 322/2024), NO por la LEC. La reforma de subastas judiciales de 2025 no les afecta. Son presenciales, con depósitos del 25-30% y solo 5 días para pagar.

Las subastas de la Seguridad Social se rigen por el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. La reforma más reciente es la del RD 322/2024 (vigente desde el 1 de abril de 2024), que alteró los umbrales de adjudicación.

Separación normativa clave

Estas subastas no se rigen por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). La profunda reforma de las subastas judiciales introducida por la Ley Orgánica 1/2025 (en vigor desde el 3 de abril de 2025) no afecta en absoluto a las subastas de la TGSS.

Mientras que las subastas judiciales ahora exigen un depósito del 20%, son 100% electrónicas y tienen pujas secretas, las subastas de la Seguridad Social mantienen depósitos del 25-30%, actos presenciales y pujas a viva voz.

2. Comparativa: judiciales vs. Seguridad Social

Resumen

La TGSS exige mayor liquidez (25-30% vs 20%), plazos más cortos (5 vs 20 días), formato presencial y no puede ordenar desalojos. Un nicho para especialistas con capital disponible.
ConceptoJudicial (LEC 2025)Seguridad Social (RD 1415/2004)
Depósito exigido20% del valor de tasación25% (sobre cerrado) o 30% (viva voz)
Modalidad de puja100% electrónica (BOE)Presencial: sobre cerrado o viva voz
Transparencia de pujasSecretas hasta el cierrePúblicas en el acto presencial
Plazo para pagar el remate20 días hábiles5 días hábiles
Dónde se publicanPortal de Subastas del BOETANUSS y portal seg-social.es
Financiación hipotecariaDifícil pero viable (20 días)Prácticamente imposible (5 días)
Desalojo de ocupantesEl juez puede ordenar lanzamientoRequiere demanda civil separada
Pago aplazadoEliminado en 2025No contemplado

Concepto

Depósito exigido

Judicial (LEC 2025)

20% del valor de tasación

Seguridad Social (RD 1415/2004)

25% (sobre cerrado) o 30% (viva voz)

Concepto

Modalidad de puja

Judicial (LEC 2025)

100% electrónica (BOE)

Seguridad Social (RD 1415/2004)

Presencial: sobre cerrado o viva voz

Concepto

Transparencia de pujas

Judicial (LEC 2025)

Secretas hasta el cierre

Seguridad Social (RD 1415/2004)

Públicas en el acto presencial

Concepto

Plazo para pagar el remate

Judicial (LEC 2025)

20 días hábiles

Seguridad Social (RD 1415/2004)

5 días hábiles

Concepto

Dónde se publican

Judicial (LEC 2025)

Portal de Subastas del BOE

Seguridad Social (RD 1415/2004)

TANUSS y portal seg-social.es

Concepto

Financiación hipotecaria

Judicial (LEC 2025)

Difícil pero viable (20 días)

Seguridad Social (RD 1415/2004)

Prácticamente imposible (5 días)

Concepto

Desalojo de ocupantes

Judicial (LEC 2025)

El juez puede ordenar lanzamiento

Seguridad Social (RD 1415/2004)

Requiere demanda civil separada

Concepto

Pago aplazado

Judicial (LEC 2025)

Eliminado en 2025

Seguridad Social (RD 1415/2004)

No contemplado

Ventaja competitiva

La mayor barrera de entrada (liquidez, presencialidad, plazos cortos) reduce drásticamente la competencia respecto a las subastas judiciales online, donde cientos de postores pujan desde casa. En las subastas de la TGSS, es habitual encontrar actos con 2-5 licitadores.

Consulta nuestra guía de subastas judiciales para una comparación detallada del proceso judicial.

3. Tipos de bienes embargados

Resumen

Principalmente inmuebles (viviendas, garajes, naves, solares), vehículos/maquinaria y embarcaciones. Muy frecuente encontrar mitades indivisas (50% de la propiedad) por embargos a un solo cónyuge.

El origen de estas subastas es el impago de cuotas a la Seguridad Social, generalmente por parte de autónomos y empresas. Esto condiciona el tipo de activos disponibles:

Inmuebles urbanos y rústicos

Viviendas, plazas de garaje, naves industriales, solares y fincas rústicas. Es muy común encontrar mitades indivisas (el 50% de la propiedad), ya que a menudo solo se embarga a uno de los cónyuges copropietarios.

Vehículos y maquinaria

Coches de empresa, furgonetas, maquinaria industrial y equipos. Verifica siempre el estado de la ITV, la existencia de precintos y si el vehículo tiene cargas financieras o de tráfico.

Embarcaciones

Sujetas a gastos adicionales como tasas portuarias, amarres y seguros obligatorios. Un nicho muy específico con menor competencia.

4. Dónde encontrar las subastas

Resumen

No aparecen en el BOE. Se publican en el portal de la TGSS (seg-social.es/subastas), en el TANUSS, en tablones de ayuntamientos y boletines provinciales. Subastae.com las agrega junto con las judiciales.

A diferencia de las subastas judiciales, las subastas de la TGSS no aparecen en el BOE como norma general. Esta es una de las razones principales por las que muchos inversores las desconocen.

Portal web de la TGSS

Accesible en w6.seg-social.es/subastas/. Permite filtrar bienes por tipo (urbano, rústico, vehículos), comunidad autónoma, provincia y valor de tasación.

Visitar portal

TANUSS (Tablón de Anuncios)

Tablón electrónico oficial regulado por la Orden ESS/1222/2015. Aquí se publican los anuncios formales con formularios TVA-639 (inmuebles) y TVA-424 (muebles).

Servicio de alertas telemáticas

La TGSS ofrece un servicio gratuito de notificación por email. Puedes suscribirte con certificado digital o Cl@ve, indicando zonas geográficas y tipos de inmueble.

Tablones de ayuntamientos

Cuando el valor del bien supera cierto umbral, los anuncios también se publican en los tablones de los ayuntamientos y en los boletines oficiales de la provincia.

Consejo práctico

Plataformas como Subastae.com agregan y filtran subastas de múltiples fuentes (BOE, TGSS, notariales) en un solo lugar, con alertas personalizadas e información sobre cargas. Es la forma más eficiente de no dejar escapar ninguna oportunidad.

Encuentra subastas de la Seguridad Social sin buscar en múltiples portales

En Subastae agregamos las subastas de la TGSS junto con las judiciales del BOE. Filtra por provincia, tipo de bien y precio — todo en un solo lugar.

Explorar Subastas

5. Requisitos y cómo participar

Resumen

Abierta a cualquier persona. Necesitas certificado digital o Cl@ve. Dos modalidades: sobre cerrado (25% depósito) o viva voz (30% depósito, pujas desde el 75% del tipo, incrementos mínimos del 2%).

La participación es pública y está abierta a cualquier persona con capacidad de obrar, física o jurídica (también mediante representante). Se prohíbe la participación del personal de la Unidad de Recaudación Ejecutiva (URE), de los tasadores, de los depositarios de los bienes y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.

Identificación y certificado digital

Certificado digital FNMT

Puedes obtenerlo online mediante videoidentificación por 2,99 € más impuestos. Es la opción más rápida y recomendable.

Sistema Cl@ve

Requiere un alto nivel de registro (presencial en oficina o con certificado digital previo).

DNI electrónico (DNIe)

Necesitas un lector de tarjetas y el software AutoFirma actualizado en tu ordenador.

Sobre cerrado vs. viva voz

Sobre cerradoViva voz
Depósito25% del tipo30% del tipo
Forma de entregaSobre sellado en la Dirección Provincial (hasta el día hábil anterior)Cheque bancario conformado en el acto
Puja mínimaSin mínimo específicoDebe superar el 75% del tipo
Incrementos—Mínimo 2% respecto a la puja anterior
ContenidoFormulario oficial, copia DNI/NIE, resguardo del depósitoPresencia física con cheque conformado

Depósito

Sobre cerrado

25% del tipo

Viva voz

30% del tipo

Forma de entrega

Sobre cerrado

Sobre sellado en la Dirección Provincial (hasta el día hábil anterior)

Viva voz

Cheque bancario conformado en el acto

Puja mínima

Sobre cerrado

Sin mínimo específico

Viva voz

Debe superar el 75% del tipo

Incrementos

Sobre cerrado

—

Viva voz

Mínimo 2% respecto a la puja anterior

Contenido

Sobre cerrado

Formulario oficial, copia DNI/NIE, resguardo del depósito

Viva voz

Presencia física con cheque conformado

Dato clave sobre el cheque

El cheque siempre debe ir a nombre de la «Tesorería General de la Seguridad Social». Si no ganas la subasta, el depósito se devuelve íntegramente.

Cómo se desarrolla el acto

El día señalado, la Mesa de Subasta (Director Provincial + secretario) dirige el acto. Primero se abre el turno de pujas verbales, que deben arrancar desde el 75% del tipo. Después, se abren los sobres y se comparan todas las posturas. La Mesa adjudica al mejor postor según las reglas de adjudicación.

6. Reglas de adjudicación

Resumen

1.ª subasta: adjudicación automática al 60% del tipo (mínimo absoluto 25% para inmuebles). 2.ª subasta: automática al 50%. Si queda desierta: adjudicación directa (3 meses). El deudor tiene derecho de mejora si tu puja es <75% del tipo.

Primera subasta (art. 120.5 RD 1415/2004, redactado por RD 322/2024)

La adjudicación es automática si la mejor postura alcanza el 60% del tipo de subasta. También se adjudica automáticamente si la postura, aunque sea inferior al 60%, cubre la totalidad de la deuda perseguida. En cualquier caso, existe un mínimo absoluto del 25% del tipo para inmuebles.

Segunda subasta (art. 120.7)

Si la primera queda desierta, se convoca una segunda con tipo reducido. La adjudicación automática opera al 50% del tipo. Entre el 25% y el 50%, el Director Provincial tiene potestad discrecional para aprobar o rechazar.

SubastaAdjudicación automáticaMínimo absoluto (inmuebles)
1.ª Subasta≥ 60% del tipo25% del tipo
2.ª Subasta≥ 50% del tipo25% del tipo
Adjudicación directaSin tipo mínimo (muebles)25% del tipo original (inmuebles)

Subasta

1.ª Subasta

Adjudicación automática

≥ 60% del tipo

Mínimo absoluto (inmuebles)

25% del tipo

Subasta

2.ª Subasta

Adjudicación automática

≥ 50% del tipo

Mínimo absoluto (inmuebles)

25% del tipo

Subasta

Adjudicación directa

Adjudicación automática

Sin tipo mínimo (muebles)

Mínimo absoluto (inmuebles)

25% del tipo original (inmuebles)

El derecho de mejora del deudor

Si tu puja ganadora es inferior al 75% del tipo y no cubre la totalidad de la deuda, el deudor dispone de 3 días hábiles para presentar a un tercero que mejore tu postura hasta el 75% del tipo, o que salde la deuda íntegramente. Si quieres evitar esto, intenta que tu puja supere el 75% del tipo.

Flujo completo de una subasta TGSS

1.ª Subasta → 2.ª Subasta (tipo reducido) → Adjudicación Directa (3 meses, min. 25% para inmuebles) → Adjudicación a la TGSS si no hay ofertas.

7. El reto de los 5 días: pago del remate

Resumen

5 días hábiles improrrogables para pagar la diferencia entre el depósito y el precio final. Es materialmente imposible tramitar una hipoteca. Las alternativas: préstamos puente (8-15% TAE), capital privado o líneas de crédito preaprobadas.

Una vez que la Mesa aprueba el remate a tu favor, tienes exactamente 5 días hábiles desde la notificación para ingresar la diferencia (art. 120.8 del RD 1415/2004). Este plazo es improrrogable.

Consecuencia del impago

Si no pagas en plazo, la subasta quiebra: pierdes el depósito íntegro (25% o 30% del tipo) y te enfrentas a posibles reclamaciones por daños y perjuicios a la Administración. No hay segunda oportunidad.

Opciones de financiación alternativa

Préstamos puente

Entidades especializadas en créditos rápidos con garantía hipotecaria. Los intereses son elevados (8-15% anuales), pero pueden desembolsarse en 48-72 horas. Refinanciar después con hipoteca convencional.

Capital privado

Inversores o grupos de inversión que aportan liquidez a cambio de una participación en los beneficios o de un interés pactado.

Líneas de crédito preaprobadas

Si tienes relación con tu banco, puedes negociar previamente una línea de crédito disponible. Es la opción más económica y recomendable.

8. Fiscalidad e impuestos

Resumen

El ITP se calcula sobre el mayor de: precio de adjudicación y Valor de Referencia del Catastro. El tipo varía por CCAA (4%-13%). El TC avala el sistema pero permite impugnar caso por caso. IVA (10-21%) + AJD si es primera transmisión.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

La base imponible es la mayor de las dos: el precio de adjudicación y el Valor de Referencia Catastral. Si compras un piso por 80.000 €, pero Catastro le asigna un Valor de Referencia de 130.000 €, pagarás ITP sobre 130.000 €.

Comunidad AutónomaTipo general ITPTipo reducido
Andalucía7%3,5% vivienda habitual (<150.000 €)
Aragón8% (hasta 400.000 €)Progresivo hasta 10%
Asturias8%Progresivo hasta 10%
Baleares8% - 13%Progresivo según valor
Canarias6,5%5% vivienda habitual
Cantabria10%8% vivienda habitual
Castilla-La Mancha9%—
Castilla y León8%—
Cataluña10% - 11%5% <32 años / familia numerosa
C. Valenciana10%6% vivienda habitual
Extremadura8% - 11%Progresivo
Galicia8%5% vivienda habitual
Madrid6%—
Murcia8%—
Navarra6%—
País Vasco4% - 7%Varía por territorio
La Rioja7%—

Comunidad Autónoma

Andalucía

Tipo general ITP

7%

Tipo reducido

3,5% vivienda habitual (<150.000 €)

Comunidad Autónoma

Aragón

Tipo general ITP

8% (hasta 400.000 €)

Tipo reducido

Progresivo hasta 10%

Comunidad Autónoma

Asturias

Tipo general ITP

8%

Tipo reducido

Progresivo hasta 10%

Comunidad Autónoma

Baleares

Tipo general ITP

8% - 13%

Tipo reducido

Progresivo según valor

Comunidad Autónoma

Canarias

Tipo general ITP

6,5%

Tipo reducido

5% vivienda habitual

Comunidad Autónoma

Cantabria

Tipo general ITP

10%

Tipo reducido

8% vivienda habitual

Comunidad Autónoma

Castilla-La Mancha

Tipo general ITP

9%

Tipo reducido

—

Comunidad Autónoma

Castilla y León

Tipo general ITP

8%

Tipo reducido

—

Comunidad Autónoma

Cataluña

Tipo general ITP

10% - 11%

Tipo reducido

5% <32 años / familia numerosa

Comunidad Autónoma

C. Valenciana

Tipo general ITP

10%

Tipo reducido

6% vivienda habitual

Comunidad Autónoma

Extremadura

Tipo general ITP

8% - 11%

Tipo reducido

Progresivo

Comunidad Autónoma

Galicia

Tipo general ITP

8%

Tipo reducido

5% vivienda habitual

Comunidad Autónoma

Madrid

Tipo general ITP

6%

Tipo reducido

—

Comunidad Autónoma

Murcia

Tipo general ITP

8%

Tipo reducido

—

Comunidad Autónoma

Navarra

Tipo general ITP

6%

Tipo reducido

—

Comunidad Autónoma

País Vasco

Tipo general ITP

4% - 7%

Tipo reducido

Varía por territorio

Comunidad Autónoma

La Rioja

Tipo general ITP

7%

Tipo reducido

—

Los tipos pueden variar según el valor del inmueble, la edad del comprador y si se destina a vivienda habitual. Consulta siempre la normativa vigente de tu comunidad autónoma.

Sentencia del Tribunal Constitucional (febrero 2026)

El TC rechazó por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad 3631-2025, avalando que el Valor de Referencia no vulnera el principio de capacidad económica. Sin embargo, confirmó que el contribuyente puede impugnar caso por caso aportando prueba pericial sólida (no basta una tasación hipotecaria genérica).

Novedades catastrales 2026

Coeficiente I (estado de conservación): Valores 1,00 (bueno), 0,85 (regular), 0,50 (deficiente) y 0,00 (ruinoso). Un inmueble calificado como ruinoso tiene Valor de Referencia cero, reduciendo drásticamente el ITP.

IVA y Actos Jurídicos Documentados

Si el deudor es una empresa promotora y es primera transmisión, en lugar de ITP pagarás IVA (10% en vivienda, 21% en locales) más el AJD (0,5% - 1,5% según CCAA).

Plusvalía municipal

Corresponde legalmente al deudor, pero si este es insolvente, el ayuntamiento puede reclamar al comprador como responsable subsidiario. Presenta la declaración ante el ayuntamiento inmediatamente tras la adjudicación.

Recibe alertas cuando se publiquen subastas de la TGSS en tu zona

Configura una alerta en con tu zona y tipo de inmueble y recibe las nuevas subastas directamente en tu email.

9. Riesgos ocultos que debes conocer

Resumen

La TGSS no puede ordenar desalojos (necesitas demanda civil separada). Heredas todas las cargas anteriores al embargo. El derecho de tanteo del Estado te puede quitar la adjudicación en 30 días. Las mitades indivisas complican todo.

La TGSS no te da las llaves

A diferencia de un juzgado, la Seguridad Social es un ente administrativo, no judicial. Te entregarán el certificado de adjudicación, pero no tienen potestad para ordenar el desalojo. Si el inmueble está ocupado, tendrás que iniciar un procedimiento judicial civil de desahucio por precario (1.500-4.000 €, 3-12 meses).

Consulta nuestra guía de viviendas ocupadas para entender los tipos de ocupantes, plazos reales de desahucio y cómo calcular si compensa.

Arrendamientos vigentes

Si la vivienda tiene inquilinos con contratos de alquiler firmados tras la reforma de 2019, estarás obligado a subrogarte como arrendador y respetar el contrato hasta su finalización legal. Tu capital puede quedar inmovilizado durante años.

Cargas registrales anteriores al embargo

Al ganar la subasta, se cancelan las deudas de la SS y todas las cargas posteriores. Pero heredas todas las cargas anteriores: hipotecas no canceladas, embargos de Hacienda, deudas de IBI y derramas de la comunidad (año en curso y anterior).

Cómo obtener la Certificación de Cargas

Solicita una nota simple informativa en registradores.org por 9 €. Incluye la descripción de la finca, los titulares y TODAS las cargas vigentes. Revísala con un abogado si no estás seguro de su interpretación.

Derecho de tanteo del Estado

Incluso si haces todo bien, la TGSS reserva un último recurso: 30 días tras la adjudicación para ejercer el derecho de tanteo (art. 121 del RD 1415/2004). Si la Administración decide que el inmueble le interesa, te devuelve el dinero y se queda con la propiedad. Pierdes tiempo, coste de oportunidad y gastos de estudio.

Mitades indivisas

Adquirir una cuota indivisa (típicamente el 50%) te convierte en copropietario junto al cónyuge no deudor. No puedes usar el inmueble libremente ni venderlo. Tus opciones: negociar la compra de la otra mitad o interponer una demanda de división de la cosa común (art. 400 del Código Civil), que puede durar 6-18 meses con costes judiciales significativos.

10. Costes totales y checklist de preparación

Resumen

Al precio de adjudicación, súmale un 15-25% por impuestos y gastos. Si necesitas desalojar ocupantes o resolver una mitad indivisa, el sobrecoste puede ser aún mayor.

Todos los costes que debes prever

ConceptoImporte orientativoQuién paga
Depósito previo25% - 30% del tipoLicitador (recuperable si no gana)
Precio de adjudicaciónVariable (min. 25% del tipo)Comprador
ITP (o IVA + AJD)4% - 13% sobre Valor de ReferenciaComprador
Plusvalía municipalVariable según municipioDeudor (riesgo subsidiario)
Nota simple registral9 €Comprador
Inscripción en el Registro200 - 600 €Comprador
Notaría (si se escritura)300 - 900 €Comprador (opcional)
Gestoría200 - 500 €Comprador (opcional)
IBI prorrateadoProporcional desde adjudicaciónComprador
Deudas de comunidadAño en curso + anteriorComprador (LPH art. 9.1.e)
Costes de desahucio1.500 - 4.000 € + 3-12 mesesComprador (si hay ocupantes)
Préstamo puente8% - 15% TAEComprador

Concepto

Depósito previo

Importe orientativo

25% - 30% del tipo

Quién paga

Licitador (recuperable si no gana)

Concepto

Precio de adjudicación

Importe orientativo

Variable (min. 25% del tipo)

Quién paga

Comprador

Concepto

ITP (o IVA + AJD)

Importe orientativo

4% - 13% sobre Valor de Referencia

Quién paga

Comprador

Concepto

Plusvalía municipal

Importe orientativo

Variable según municipio

Quién paga

Deudor (riesgo subsidiario)

Concepto

Nota simple registral

Importe orientativo

9 €

Quién paga

Comprador

Concepto

Inscripción en el Registro

Importe orientativo

200 - 600 €

Quién paga

Comprador

Concepto

Notaría (si se escritura)

Importe orientativo

300 - 900 €

Quién paga

Comprador (opcional)

Concepto

Gestoría

Importe orientativo

200 - 500 €

Quién paga

Comprador (opcional)

Concepto

IBI prorrateado

Importe orientativo

Proporcional desde adjudicación

Quién paga

Comprador

Concepto

Deudas de comunidad

Importe orientativo

Año en curso + anterior

Quién paga

Comprador (LPH art. 9.1.e)

Concepto

Costes de desahucio

Importe orientativo

1.500 - 4.000 € + 3-12 meses

Quién paga

Comprador (si hay ocupantes)

Concepto

Préstamo puente

Importe orientativo

8% - 15% TAE

Quién paga

Comprador

Checklist antes de pujar

  1. 1Consultar el anuncio completo en el portal de la TGSS o en el TANUSS.
  2. 2Solicitar la Certificación de Cargas (nota simple) en el Registro de la Propiedad.
  3. 3Verificar el Valor de Referencia en la Sede Electrónica del Catastro.
  4. 4Calcular el ITP aplicable en tu CCAA sobre el mayor de los dos valores.
  5. 5Visitar físicamente el inmueble o la zona. Verificar estado y posible ocupación.
  6. 6Investigar deudas de la comunidad de propietarios (pedir certificado al administrador).
  7. 7Confirmar si es la primera o segunda subasta y aplicar los umbrales correctos.
  8. 8Preparar la financiación completa: depósito + remate en 5 días hábiles.
  9. 9Obtener cheque bancario a nombre de la «Tesorería General de la Seguridad Social».
  10. 10Contar con asesoramiento legal si es tu primera subasta o si hay complejidades.

11. Caso práctico: una subasta de principio a fin

Resumen

Piso de 80 m² en Valencia. Tipo: 120.000 €. Puja ganadora: 95.000 € (79,2% del tipo, sin derecho de mejora). Coste total con impuestos: 109.809 €. El ITP se calcula sobre el Valor de Referencia (140.000 €), no sobre el precio de adjudicación.

El inmueble

Piso de 80 m² en Valencia, embargado a un autónomo con deuda de cuotas. Tipo de subasta (valor de salida): 120.000 €. Valor de Referencia del Catastro: 140.000 €. Primera subasta. El piso está vacío y sin cargas previas al embargo.

Preparación

El inversor solicita la nota simple (9 €), confirma que no hay cargas previas, verifica el Valor de Referencia y consulta que el ITP en la C. Valenciana es del 10%. Decide pujar en sobre cerrado y prepara un cheque conformado por 30.000 € (25% de 120.000 €).

La puja

Presenta una oferta en sobre cerrado de 95.000 € (79,2% del tipo). Esta postura supera el 75% del tipo, por lo que el derecho de mejora del deudor no se activa. Supera ampliamente el 60%, por lo que la adjudicación es automática.

Costes totales

ConceptoImporte
Precio de adjudicación95.000 €
ITP (10% sobre 140.000 €*)14.000 €
Inscripción registral450 €
Gestoría350 €
Nota simple9 €
TOTAL109.809 €

Concepto

Precio de adjudicación

Importe

95.000 €

Concepto

ITP (10% sobre 140.000 €*)

Importe

14.000 €

Concepto

Inscripción registral

Importe

450 €

Concepto

Gestoría

Importe

350 €

Concepto

Nota simple

Importe

9 €

Concepto

TOTAL

Importe

109.809 €

*El ITP se calcula sobre el Valor de Referencia (140.000 €) porque es superior al precio de adjudicación (95.000 €). Si el inmueble tuviera un coeficiente I «ruinoso», el Valor de Referencia sería 0 € y el ITP se calcularía sobre 95.000 €, ahorrando 4.500 €.

12. Preguntas frecuentes

?¿Es obligatorio tener el 100% del dinero para participar?

A efectos prácticos, sí. Debes aportar un 25% o 30% como depósito previo y, si ganas, tienes un plazo improrrogable de solo 5 días hábiles para abonar el resto, tiempo insuficiente para tramitar una hipoteca convencional. Las alternativas reales son préstamos puente o capital líquido propio.

?¿Dónde se publican estas subastas? ¿Salen en el BOE?

No. Las subastas de la Seguridad Social no se publican en el BOE como norma general. Se publican en el TANUSS, en el portal w6.seg-social.es/subastas/, en los tablones de los ayuntamientos y, para bienes de alto valor, en los boletines oficiales provinciales.

?¿Qué pasa si pujo en sobre cerrado y alguien hace una oferta verbal mayor?

Primero se abre el turno de pujas verbales (que deben arrancar en el 75% del tipo) y luego se abren los sobres cerrados. Si una puja verbal supera tu oferta en sobre, prevalece la puja verbal.

?¿Me entregan la vivienda vacía al ganar la subasta?

No. La Seguridad Social solo te transfiere la titularidad mediante un certificado administrativo de adjudicación. Si hay ocupantes, deberás iniciar un procedimiento judicial de desahucio por precario, con un coste de 1.500-4.000 € y una duración de 3 a 12 meses.

?¿Qué diferencia hay entre una subasta del BOE y una de la Seguridad Social?

Las subastas del BOE son judiciales, 100% electrónicas, con un depósito del 20% y un plazo de 20 días para pagar el remate. Las de la Seguridad Social son administrativas, presenciales (sobre cerrado o viva voz), con depósito del 25-30% y solo 5 días para pagar. Además, la TGSS no puede ordenar el desalojo de los ocupantes.

?¿Qué impuestos tengo que pagar además del precio?

Principalmente, el ITP (o IVA + AJD si es primera transmisión empresarial), calculado sobre el mayor entre el precio de adjudicación y el Valor de Referencia del Catastro. Además: registro, posible notaría, IBI prorrateado y deudas de la comunidad de propietarios.

?¿Qué son las mitades indivisas y cómo las resuelvo?

Una mitad indivisa equivale al 50% de la propiedad. Al adquirirla, te conviertes en copropietario y debes negociar con el otro titular o interponer una demanda de división de la cosa común (art. 400 del Código Civil) para forzar la venta del inmueble completo. Este procedimiento puede durar entre 6 y 18 meses.

?¿Qué pasa si la subasta queda desierta?

Si la primera y segunda subastas quedan desiertas, se abre un plazo de 3 meses para la adjudicación directa (art. 123 bis), en el que cualquier interesado puede presentar ofertas sin mínimo para muebles o con un mínimo del 25% del tipo para inmuebles.

?¿Puedo impugnar el Valor de Referencia si considero que es excesivo?

Sí. El Tribunal Constitucional (febrero de 2026) confirmó que el contribuyente puede impugnar, caso por caso, aportando un informe pericial independiente que demuestre que el valor real del inmueble es inferior al Valor de Referencia asignado por Catastro.

Conclusión

Las subastas de la Seguridad Social en 2026 son una fuente real de oportunidades inmobiliarias, pero el exceso de burocracia, la falta de transparencia y los riesgos ocultos hacen que la búsqueda manual resulte agotadora y peligrosa.

El inversor preparado — con liquidez disponible, asesoramiento legal y un análisis previo riguroso — puede encontrar activos a precios muy inferiores al mercado precisamente porque la barrera de entrada desanima a la mayoría.

En resumen: depósito del 25-30%, solo 5 días para pagar el remate, sin posibilidad de desalojo directo y cargas anteriores que subsisten. Si puedes asumir estas condiciones, las subastas de la TGSS ofrecen una ventana de inversión con menor competencia que las subastas judiciales del BOE.

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Fuentes y referencias

RD 1415/2004 — Reglamento de Recaudación SS
Portal de Subastas TGSS
Sede del Catastro
Colegio de Registradores
TANUSS
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Última actualización: Marzo 2026

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